domingo, 16 de noviembre de 2008

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
FACULTAD DE COMUNICACIÓN Y LENGUAJE
LICENCIATURA EN LENGUAS MODERNAS


PROGRAMA DE PROTECCIÓN A LA DIVERSIDAD ETNOLINGÜÍSTICA EN COLOMBIA 
PROTECTION PROGRAM TO THE DIVERSITY ETNOLINGÜÍSTICA IN COLOMBIA


PRESENTADO POR:

ALCIRA ACEVEDO alcac_2003@yahoo.com
LADY AGUILAR B. pao26066@hotmail.com
DANIELA BONILLA danny_andrea_bon@hotmail.com
GIOVANNY FERREIRA

RESUMEN
El artículo presenta el nuevo Programa de Protección a la Diversidad Etnolingüística en Colombia (PPDE) implantado por el Ministerio de Cultura, el cual fue impulsado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), ya que declaro el 2008 como el año Internacional de las Lenguas. Inicialmente se empezara por dar un recuento histórico seguido de una comparación con un país de Europa, específicamente el caso de (España) y por último se analizara si el programa es favorable o no para Colombia.
Palabras claves: Diversidad Etnolingüística, Protección, Multiculturalismo y lengua.

ABSTRACT
The article presents the new Program of Protection to the ethno linguistic diversity in Colombia (PPDE) implanted by the Department of Culture, which was stimulated by the United Nations Organization (UNO), because it declare the 2008 as the International year of the Languages. Initially the article started by giving a historical account followed by a comparison with European countries, specifically the case of (Spain) and finally it analyzed if the program is favorable or not for Colombia.
Keywords: Ethno linguistic Diversity, protection, Multiculturalism and language.

INTRODUCCIÓN
La imponderable riqueza de Colombia está determinada por la gran variedad que la nación posee en el ámbito natural, socio-cultural y económico. Una clara prueba de esto, es la diversidad etnolingüística representada en las sesenta y cinco lenguas indígenas americanas y dos lenguas criollas que aún sobreviven en el territorio nacional . Si damos una mirada al pasado, podemos constatar con gran pesar que más del 65% de dichas lenguas han desaparecido paulatinamente . Dicha desaparición ha traído consigo la pérdida de tradiciones orales y de todo un patrimonio cultural imposible de recuperar con el tiempo, por tal motivo se quiere saber si las estrategias que han sido implementadas por el Gobierno colombiano en especial el Ministerio de cultura han ocasionado un impacto favorable para contrarrestar este fenómeno y cuales están corroborando para la recuperación de este patrimonio cultural que identifica el país.

En primer lugar, Colombia antes del siglo XVI estaba poblada por diversos grupos indígenas distribuidos por todo el territorio y estos constituían una gran variedad cultura, ya que hablaban más de doscientas lenguas. Con el tiempo surgieron algunos hechos que marcaron la desaparición de estas lenguas indígenas, como lo fue el descubrimiento y conquista del Nuevo Mundo, debido a que los conquistadores no respetaron la cultura establecida sino que la modificaron hasta el punto de destruirla. A su vez, en 1886 con la proclamación de una nueva Constitución Política, el Gobierno le otorgó a la Iglesia la educación y la evangelización de los indígenas empezando con la enseñanza del castellano, la religión católica y las costumbres de la vida occidental.
Por otro lado, la necesidad de los indígenas de conservas sus orígenes y no olvidarlos -como se les exigía-, permitió que algunas de estas lenguas y culturas se conservaran intactas, aunque hoy es innegable la tendencia de las mismas a desaparecer. Por tal razón, la diversidad etnolingüística en Colombia, puede ser considerada como un patrimonio autóctono, motivo por el cual el Ministerio de Cultura, impulsado por iniciativas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), desde hace algún tiempo ha venido implementando un proyecto para proteger y conservas las lenguas que aún se hablan en algunas comunidades indígenas, su tradición oral y en sí toda su cultura .
Así que, la lengua en algunas de estas comunidades indígenas es considerada como un “sistema de comunicación dotado de expresión oral aunque no posea ningún tipo de patrimonio escrito” y la eficacia de los programas para su protección y conservación, será evaluada a partir de lo que la Constitución Política de Colombia, que señala para el Estado la obligación de proteger la diversidad étnica (artículo 7), las riquezas culturales (artículo 8) y proclama la oficialidad de las lenguas de los grupos étnicos con el castellano en sus territorios (artículo 10). Citaremos como hitos importantes la ley general de Educación (N°115 de 1993), la ley general de Cultura (N°397 de 1997) y varias determinaciones de la Corte Constitucional que han contribuido a la protección de la variedad lingüística del país.
De tal forma que, las estrategias implementadas en Colombia en pro de la salvaguardia a la diversidad lingüística las compararemos con experiencias similares aplicadas en los países de la Unión Europea y en América Latina en países como Brasil, Guatemala y Ecuador, que en la mayoría de los casos ha n tenido resultados muy positivos. Además, es importante tener en cuenta que la experiencia colombiana posee elementos que la diferencian de las demás, en cuanto el proyecto hace énfasis en la preservación de la pluralidad etnolingüística presente en el país, es decir, el proyecto implica la garantía de la lengua, de las tradiciones, la cultura y las manifestaciones propias de cada grupo étnico, pero esto depende del interés de cada comunidad por recuperar su cultura, sino es de esta forma; el programa lo que hace es almacenar toda la información posible para dejar testimonio de la cultura.
MECANISMOS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS LINGÜÍSTICOS EN EUROPA
Para determinar el estándar de Derechos de la Lengua en Europa tenemos como base la Carta Europea de las Lenguas Regionales y Minoritarias que determina en su Preámbulo: “El derecho de practicar una lengua regional o minoritaria en la vida privada y pública es un derecho imprescriptible”. Existe, además, la Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos que determina algunas estrategias para la protección lingüística, entre las cuales se destacan: el reconocimiento de la legalidad de todas las lenguas; la promoción de la paz a través del entendimiento humano, compatibilizando la coexistencia de comunidades, grupos lingüísticos y personas que comparten históricamente un mismo territorio y el compromiso internacional de solidaridad, incluso con la aportación de fondos por parte de los Estados, que garanticen los derechos de los más desfavorecidos y desprotegidos, de modo notorio haciendo viable la codificación de las lenguas, su registro escrito, la enseñanza de las lenguas en las diversas comunidades y su uso por la Administración.
Casi todos los países europeos poseen una minoría lingüística y tienen normas de derecho que regulan los casos de multilingüismo, tanto en la esfera pública como en la enseñanza, excepto en los Estados de Portugal y Malta; éstas van desde la previsión y el reconocimiento hasta la implementación programática de actividades que favorezcan su uso y recuperación .

Actualmente están surgiendo modelos multiculturales basados en la tentativa de integrar las particularidades culturales dentro de una participación activa en el conjunto de la sociedad, con todos sus matices políticos. De hecho, el lema de la Unión Europea es el de la “Unidad en la diversidad“, meta que es bastante difusa dentro de las mismas instituciones de la UE donde dominan ya dos idiomas – el francés y el inglés.
Además, se hace imperante la necesidad del reconocimiento formal de la variedad cultural de Europa” , que favorezca la dúplice propuesta acerca de la protección lingüística, es decir, la creación de políticas tendientes a la eliminación de las barreras al acceso a las lenguas oficiales de la Unión Europea y el incentivo de políticas lingüísticas, tendientes al desarrollo de las lenguas nacionales, regionales y minoritarias, sobre todo en su plano organizativo.

LA DIVERSIDAD LINGÜÍSTICA
Y SU PROTECCIÓN POR UN ESTADO MIEMBRO: EL CASO ESPAÑOL

El modelo adoptado por la Constitución Española es el de la cooficialidad desigual, es decir, la política lingüística es concesiva, porque a las minorías lingüísticas les cuesta conseguir sus objetivos, ya que la mayoría política puede hablar la lengua dominante y no está dispuesta a hacer concesiones en materia de lengua, excepto si fuera políticamente conveniente para ella. En el artículo 3.1 de la Constitución Española declara al castellano lengua oficial del Estado y todos los ciudadanos españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Este artículo garantiza igualmente la oficialidad de las otras lenguas utilizadas en el territorio del Reino de España, en la forma prevista en los Estatutos Autonómicos (3.2). Tal garantía procede de la presunción de que son las lenguas regionales utilizadas en las Comunidades Autónomas – País Vasco, Cataluña, Valencia, Islas Baleares y Navarra – experiencia histórica propia y fruto de la riqueza cultural, conteniendo la diversidad lingüística. De ahí, emana la necesidad de su protección y respeto (3.3).

De hecho, para elaborar e implantar el marco normativo de la protección lingüística en España, se requiere determinar en cada región cuál será su lengua cooficial, la manera de implantar políticas para su difusión y protección, el contenido y el verdadero alcance de las mismas. Si bien, se observa un incremento de medidas de acción afirmativa de apoyo al uso de las lenguas propias a través del mérito preferente, al acordarse como criterio de promoción de los funcionarios públicos, el conocimiento de la lengua propia, existen sectores históricamente reticentes al uso de otras lenguas diferentes del castellano, como es el caso de la aplicación de la justicia.

De hecho, el panorama de la protección es aún tímido y el status de protección de las lenguas cooficiales todavía es de subordinación jerárquica en relación a la lengua hablada históricamente por la mayoría. En cuanto a la configuración del marco jurídico de la protección de los derechos lingüísticos de las minorías, cabe destacar que aún no posee status constitucional sino que se reduce a meros textos de índole programática que no hacen surgir la preservación del código lingüístico de los grupos y personas ni tampoco respalda su identidad cultural.
Las estrategias de acción en el plano operativo imponen la conjunción de los siguientes factores: concientizar a los ciudadanos que hasta ahora las lenguas se han mantenido no porque tuviesen un don especial, sino porque las condiciones políticas, demográficas o económicas de los hablantes así lo han facilitado; en el plano institucional y político, han de ser adoptadas políticas de acción afirmativa, limitadas a un lapso temporal, hasta que se alcance la igualdad real, para que las personas de lenguas y culturas diversas puedan actuar en todos los ámbitos, asegurando la efectividad de dichas políticas para la población minoritaria, así como su impacto en los demás ciudadanos .
PROGRAMA DE PROTECCIÓN A LA DIVERSIDAD ETNOLINGÜÍSTICA EN COLOMBIA: POLÍTICAS DE ACCIÓN
El Ministerio de Cultura a través del Programa de Protección a la diversidad etnolingüística (PPDE) busca implementar, con los representantes de los pueblos, una política pública de protección y fomento de las lenguas de los grupos étnicos presentes en Colombia, debido a que aún existen 68 lenguas de grupos étnicos: 65 indígenas, 2 afroamericanas y romaní, es decir, aproximadamente 800.000 personas . Dentro del programa existen unos objetivos primordiales que son:
Apoyar procesos existentes y crear procesos relativos a:
• Favorecer el uso de las lenguas y su transmisión a las nuevas generaciones
• Implementar este uso en las esferas de la vida moderna (normalización, modernización y uso en los medios modernos de comunicación).
• Contribuir a una real oficialización de las lenguas en “los territorios donde se hablan” tal y como se especifica en el artículo 10 de la Constitución.
Las acciones que se realizaran durante los años 2008-2009 beneficiaran alrededor de 500 personas en dos grupos: En el 2007, 2 lenguas del Cauca, el Nasa (páez) y el Namtrik (Guambiano), aproximadamente 180.000 personas y a partir de abril 2008 y hasta abril 2009, 18 lenguas presentes en 15 departamentos para una población de aproximadamente 320.000 personas.
Por lo anterior se esperan que los resultados sean:
a) Para cada grupo étnico: refuerzo del lazo social y consolidación de los valores colectivos frente a los de estructuración producida por el conflicto y la modernización compulsiva. Dinamización y revitalización de procesos creativos en estos nichos culturales.
b) Para Colombia: Avances en los 3 objetivos siguientes del “Milenio para el desarrollo” (MDGs) que son: Promoción de la diversidad cultural, del dialogo intercultural y de una cultura de la paz, Protección y valorización del patrimonio cultural de manera duradera y Educación de calidad.

CONCLUSIÓN
Tanto en la Constitución Política Española como en la Colombiana, se contempla el deber constitucional de la protección a la diversidad y a las minorías; en el caso español dicha protección se refiere específicamente a las minorías lingüísticas, en el caso de Colombia se puntualiza la situación de los indígenas, a partir de 1991.
Respecto al Programa de Protección a la Diversidad Etnolingüística en Colombia es importante puntualizar que, si bien se ha favorecido la programación de actividades a favor de la protección y rescate de las manifestaciones culturales de las minorías etnolingüísticas motivando la capacitación y el trabajo de los mismos líderes sociales minoritarios para alcanzar conquistas importantes a defensa de sus propios grupos, por otra parte, es evidente que como en el caso español, dichas iniciativas son todavía muy tímidas y constituyen sólo un núcleo programático que tendrá efectividad en la medida que el Ministerio de Cultura incluya en sus políticas actividades en pro de los grupos minoritarios pero que en el momento de contar con políticas lingüísticas bien definidas se evidenciará inmediatamente la limitación de estos programas y la incapacidad para resolver situaciones de índole económico, social y jurídico de los grupos minoritarios, como hasta el momento, de hecho, se han venido presentando.
Gracias a la implementación de proyectos como el de la protección etnolingüística, el pueblo colombiano ha sido conducido a acoger con agrado y valorar manifestaciones culturales diversas, que por malos entendidos del pasado, fueron consideradas equivocadas y hasta “peligrosas” por la divergencia existente entre éstas y las manifestaciones típicas populares, implantadas en el tiempo de la colonización.
Por otra parte, la implementación de un sistema educativo que permita la educación bilingüe para los grupos minoritarios requiere inversiones, que aún el gobierno no ha presupuestado y que es importante tener en cuenta, ya que ésta debe incluir no solo la capacitación de personal docente sino la dotación de infraestructuras y material pedagógico, que ponga la educación bilingüe minoritaria al nivel del sistema educativo colombiano.
En conclusión, la implementación de este tipo de programas es benéfico para un sistema político porque favorece la solidaridad y la pacífica convivencia, fuertemente enfatizadas en el Preámbulo de la Carta Europea de las Lenguas Regionales y Minoritarias pero requieren de políticas más agresivas que comprometan a los gobiernos y sean además sostenibles, sólo así se mantendrán en el tiempo y lograrán resultados que ejerzan un verdadero impacto sobre el sistema social, cultural, político y económico de un país.
REFERENCIAS

BOADA, Bastardas Albert. De la “Normalització” a la “Diversitat” Lnguística: Cap a un Enfocament Global Del Contacte de Llengues, Revista de Llengua i Dret, no. 34 (desembro de 2000), Barcelona.

DE WHITT, B. “Surviving in Babel? Language rights and European Integration, VVAA, The protection of the minorities and Human Rights. Distein, Y (ed), Martinus Nijhoff Publishers, London, 1992.

DIAZ RIVERO, G. Orígenes 4. Bogotá, Colombia. Editorial Libros y libros S.A. 1998. Pág. 142.

EIDE, A. La reforma de la Protección Internacional de los Derechos de las Minorías, La reforma de las Instituciones internacionales de protección de los Derechos Humanos, Primer coloquio internacional de la Laguna sobre Derechos Humanos, La Laguna, Tenerife, 1992.

FERNANDEZ, Antonio Xavier Ferreira. Language Rights and Legislation in Spain: The Galician Case”, Ponencia proferida en la Universidad de Santiago de Compostela, España.

cfr. FERNÁNDEZ LIESA, Carlos. Derechos Lingüísticos y Derecho Internacional, Instituto de Derechos Humanos “Bartolomé de las Casas” Universidad Carlos III de Madrid, Dickinson, 1999. pp. 47- 48

GONZALEZ-VARAS, Santiago Ibañez. “Spain is different” (El mito de las lenguas), publicado na Revista de Administração Pública, no. 156, Setembro-Dezembro 2001.

HADDEN, T. The Rights of minorities and peoples in international law, Nationalism, minorities and diasporas: identities and rights in the middle east, Schulze K.E., Stoker, M., Campbell, C., (eds), Tauris Academic Studies, London.

LAPIERRE, J. W. L’enjeu politique de l’usage de la langue. L’État et la culture, Quebec, 1986. pp. 153-160.

LIESA, Carlos R. Fernández. Derechos Lingüísticos y Derecho Internacional. Instituto de Derechos Humanos “Bartolomé de las Casas” Universidad Carlos III de Madrid, Dikinson, 1999.

LÓPEZ, Alba Nogueira. La regulación Del Pluralismo Lingüístico. Revista Vasca de Administração Pública. Ed. Iraila Abendua, Septiembre - Diciembre, 2000.

LÓPEZ, Alba Nogueira. Perspectivas Xurídicas das Línguas Minorizadas na U.E, A Trabe de Ouro, Publicación Galega de Pensamento Crítico, Tomo III/Ano XII, Xullo-Agosto-Setembro, Gotelo Blanco, 2001. p. 86.

MINISTERIO DE CULTURA. UNIDAD OPERATIVA: PROGRAMA DE PROTECCIÓN A LA DIVERSIDAD ETNOLINGÜÍSTICA (PPDE). [en línea] Disponible en: www.mincultura.gov.co/eContent/library/documents/DocNewsNo1385DocumentNo1720.DOC - Consultado el: 25 de octubre de 2008.

NELDE, Peter H. Mehrsprachigkeit und Nachbarsprachen in Europa am Ende des zwanzigsten Jahrhunderts. En Spillner, Bernd (ed.), Nachbarsprachen in Europa. Kongreßbeiträge zur 23. Jahrestagung der Gesellschaft für Angewandte Linguistik GAL e.V. Frankfurt et al.: Lang, 1994.

ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA. COLOMBIA: Mincultura lanza programa de protección a lenguas nativas. [En línea] Disponible en: http://www.oei.es/noticias/spip.php?article1964. Consultado el 30/10/2008.

PARDO, Laura Maria. “El Concepto de Comunidad en Relación con la Lengua, en procesos de globalización y regionalización.” Revista de Llengua i Dret, no. 29, Barcelona, 1998.

PROGRAMA DE PROTECCIÓN A LA DIVERSIDAD ETNOLINGÜÍSTICA (PPDE) [en línea]. En: Ministerio de Cultura. Disponible en: http://www.mincultura.gov.co/eContent/VerImp.asp?ID=1385&IDCompany=3. Consultado el: 16 de noviembre de 2008.
SANTA MARIA, M. P. Andrés Sáenz de. Consejo de Europa y Derechos Humanos: desarrollos recientes, Andorra en el ámbito jurídico.

T. HADDEN, “The rights of minorities and peoples and international law”, Nationalism, minorities and diasporas: identities and rights in the Middle East, Schulze K.E., Stoker, M., Campbel, C., (eds), Tauris Academia Studies, London-New Cork, 1996, p.24.

VARAS IBÁÑEZ, S. (2001). Spain is different (El mito de las lenguas). Revista de Administración Pública Gallega, no. 156, Septiembre-Diciembre, p. 155-181.